El Juzgado de Ejecución del Distrito Judicial Norte, resolvió conceder la libertad condicional a favor de Cesar Alberto González. El Fiscal Pablo Candela se expidió, también de manera favorable, a la medida y consideró que el recluso se encuentra en condiciones de usufructuar dicho beneficio a partir del día 16 de febrero de 2017.

El beneficiado, quien cumplía funciones en el Servicio Penitenciario había sido condenado a la pena de nueve años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua, el 25 de septiembre de 2012, por el Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Norte al responsabilizarlo penalmente del delito de torturas en perjuicio del interno José Santos Castro Molla (causa N° 493/2012).

Por el mismo hecho, ya había sido beneficiado con la libertad condicional José Alberto Franco quien cumplía la misma pena y salió en libertad condicional el pasado 13 de enero.

González deberá someterse al cumplimiento de las siguientes pautas: fijar domicilio, del que no podrá ausentarse sin previo conocimiento y autorización del Tribunal; abstenerse del consumo de bebidas alcohólicas y de cualquier clase de estupefacientes.

Además deberá acreditar el haber adoptado oficio; arte o profesión dentro de los noventa días; no cometer nuevos delitos; y  presentarse dentro de las cuarenta y ocho horas en la Dirección de Ejecución Penal en libertad de la ciudad de Ushuaia.

Para adoptar la resolución, el Juez de Ejecución Doctor Sergio Manuel Dieguez debió considerar los resultados de los informes que fueron remitidos por el Consejo Correccional; por psiquiatra forense del Poder Judicial; y por el Registro Nacional de Reincidencia y Estadística; entre otros.

En su escrito, el médico psiquiatra señaló que el recluso se encuentra lucido y que conserva sus facultades mentales sin alteración alguna. Explicó que no se observan indicadores de impulsividad o de violencia latente o manifiesta.

Concluyó que González conserva sus facultades mentales dentro de la normalidad, no padece enfermedad mental alguna y no reviste gravedad para sí, ni para terceros y que el beneficio solicitado le sería positivo en lo personal, para culminar sus estudios y reinsertarse social y laboralmente, así como a su familia nuclear y sus hijos.

El Consejo Correccional pudo destacar la propuesta por unanimidad de todos los miembros integrantes de dicho cuerpo colegiado para que se le conceda el beneficio de Libertad Condicional, fijando domicilio en el domicilio de su madre ubicado en Ushuaia. Indicaron que el condenado posee como pronóstico una adecuada reinserción social y concepto favorable en cada una de las áreas que conforman el tratamiento. 

Desde la Sección de Educación se informó que el interno culminó y aprobó las capacitaciones dictadas en el contexto de encierro. Actualmente cursa la carrera de abogacía a distancia, con un plan de estudios vigente de cuatro años, aprobando satisfactoriamente los tres años de la carrera; y además obtuvo el título universitario de procurador.

La decisión adoptada fue fundamentada en que González se encontraba en condiciones de acceder a la libertad condicional a partir del 16 de febrero, debido a que se le reconoció el cumplimiento anticipado de las dos terceras partes de la condena por haber culminado y aprobado con las capacitaciones educativas intramuro.



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