El Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Norte, llevó adelante la cuarta jornada del juicio oral y público, en el que se juzga a Daniel Alfredo Saromé por el delito de homicidio en grado de tentativa doblemente agravado y alevosía, en perjuicio de su hijo de actuales 15 años de edad.

En el marco del actual estadío del debate y luego que, en la etapa de alegatos, el Fiscal Eduardo Tepedino, desistiera de la acusación primigenia, solicitando la absolución de Daniel Alfredo Saromé por considerarlo inimputable, es que el Ministro Jefe de Gabinete, Leonardo Ariel Gorbacz acompañado por el Director Provincial de Salud Mental y Adicciones Santiago Rossetto asistieron al debate en representación del Poder Ejecutivo Provincial

En el recinto, el Presidente del Tribunal de Juicio en lo Criminal, Doctor Juan José Varela explicó que  luego de transcurrir la etapa de prueba y alegatos y en virtud de los diagnósticos efectuados por los médicos forenses especializados en psiquiatría se determinó que Daniel Saromé padece de una alteración morbosa de sus facultades mentales, y que representa un peligro para sí y para terceros.

Indicó que ante la falta de institutos en Río Grande que brinden el tratamiento adecuado para este tipo de patologías, es que se debió recurrir al Poder Ejecutivo Provincial a fin de determinar los recursos disponibles para otorgar tratamiento a Daniel Alfredo Saromé. 

Frente a los jueces que componen el Tribunal, el Jefe de Gabinete Leonardo Ariel Gorbacz informó que “una vez que una persona es declarada inimputable rige la Ley de Salud Mental N° 26657, la cual establece la protección del derecho a salud mental de todas las personas que viven en el país”.

Precisó que “el objetivo de la ley es la inclusión social de la persona y se requiere de un trabajo integral que involucra al sistema sanitario y al resto de los dispositivos que tiene el Estado”.

Gorbacz explicó además que “a la vez se establece un sistema de requisitos y controles cuando un tratamiento requiere de internación que no es lo usual, ya que la mayoría de los casos en tratamiento transcurren de manera ambulatoria en consultorios y en hospital de día”.

“Sin embargo, existen ocasiones en la que se requiere de internación y como eso limita la libertad ambulatoria de una persona, cuando esa internación es necesaria y no cuenta con el consentimiento de la persona, existen exigencias mayores de la legislación para poder llevar adelante esa internación y además un sistema de control”, especificó el funcionario provincial.

El funcionario provincial consideró que “una vez que el Tribunal declara la inimputabilidad de una persona por razones relativas a su salud mental, lo que se impone es que el sistema de salud, a través de un equipo interdisciplinario evalúe a la persona en ese momento, y determine qué tipo de tratamiento necesita -el que puede ser ambulatorio o con internación-, y con qué características”.

Señaló que “una vez evaluado eso, se determina si en el lugar en el que vive la persona existe un dispositivo adecuado o si es necesario el traslado a otra provincia para realizar esa etapa de ese tratamiento”.

Un equipo de profesionales de Salud Mental Provincial evaluarán a Daniel Alfredo Saromé

El funcionario provincial informó que “en el caso puntual de Daniel Saromé, deberíamos tener una nueva evaluación de un equipo Ad hoc y luego de eso se podría determinar el tipo de tratamiento que necesita, y si requiere de un control judicial, hacerlo a través del juzgado que corresponde”.

En ese caso, el equipo de salud mental que deberá llevar a cabo la evaluación y estar integrado por profesionales psicólogos, trabajador social, psiquiatra y terapista ocupacional, tendrá plazo hasta el jueves 6 de octubre, para presentar ante los jueces el informe correspondiente.



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